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El
constitucionalista norteamericano Robert Bennett acaba
de publicar un libro sobre la democracia como la forma
actual y eminente de gobierno. Su
título, Talking it Through. Puzzles of American
Democracy, que se podría traducir: “Hablando de ello.
Enigmas de la democracia americana”, es indicativo de
su concepción de este régimen político como una
extraordinaria maquinaria institucional productora de diálogo
sobre los asuntos públicos. Desde esta perspectiva
analiza y trata de explicar consistentemente algunas
incoherencias de la democracia entendida como el
gobierno de la mayoría, articulado a través del
ejercicio del derecho de sufragio mediante la emisión
del voto el día señalado por la convocatoria electoral
que corresponda.
Según
este modelo mayoritario típico, se supone que el
gobierno, a través de representantes elegidos por
sufragio universal, es una replicación de lo que sería
el gobierno por democracia directa, que debido a una
población excesivamente numerosa para decidir a la vez
en un acto único, no es físicamente posible, y para
muchos tampoco deseable. De esta forma, a través del
mecanismo “una persona, un voto”, se salvaguarda el
principio de igualdad política y la autonomía moral
individual, según la idea de auto-gobierno, y se
realiza la declaración constitucional que atribuye la
soberanía nacional al pueblo español (art. 1.2 CE). El
mecanismo del voto sirve así de instrumento para
legitimar las decisiones sobre los asuntos públicos, ya
que por él los intereses del electorado están
presentes en los representantes, elegidos según la
regla de la proporcionalidad, en un sistema electoral
competitivo basado en la confianza de los electores y la
fidelidad de los elegidos. Las decisiones sobre los
asuntos públicos se pueden caracterizar así como
mayoritarias, como ocurriría en una democracia directa,
en la que las decisiones políticas son el resultado
inmediato de la voluntad popular, aunque el acto de
votar sea la única oportunidad igual que todos tenemos
de participar en el gobierno del Estado.
Uno
de los enigmas de la democracia norteamericana, que
afecta igualmente a la nuestra, es la “invisibilidad
política” de los niños y las niñas. Ello se debe a
que, como parte de la población de derecho, su número
influye en la asignación de escaños a cada
circunscripción electoral. Así, por ejemplo, el
Congreso se compone de 350 diputados, y cada provincia
elige un mínimo de dos. El resto se distribuye entre
ellas después de dividir la población total entre los
248 escaños restantes, y de dividir posteriormente la
población de cada provincia entre el cociente
resultante. De esta forma se determina el número de
escaños que corresponde a cada provincia en función de
su población. Evidentemente, a una provincia con una
población infantil abundante puede corresponderle más
escaños que a otra con una inferior. Los niños y niñas,
sin embargo, no se incluyen en el censo electoral y,
consiguientemente, no tienen derecho a votar, pero esto
no significa que carezcan de intereses en el gobierno
del Estado que los cuida y acoge, ya que su situación
siempre puede mejorar, por ejemplo, con más y mejores
guarderías, o colegios con recursos docentes avanzados
y recreos bien equipados, o mediante una asistencia
sanitaria más completa, o por la oferta de actividades
educativas complementarias subvencionadas, etc.
Probablemente,
un patriota republicano piense que esos intereses estarán
presentes y serán convenientemente defendidos en el
foro, en cuanto el debate político está guiado por la
sabiduría de quienes buscan un bien público que
beneficia a todos. Pero desde una perspectiva menos
ideal, típica de una democracia liberal, es evidente
que la fuerza representativa que la infancia (así como
otras categorías de individuos sin derecho de sufragio,
como los enfermos mentales, etc.) añade a los votantes
de cualquier circunscripción, no va necesariamente a
redundar en su favor por la elección de los
representantes mas proclives a sus intereses. Fuera de
los votos que emiten sus padres, para quienes no lo son,
una cosa es enternecerse con la inocencia y la sonrisa
de un niño y otra bien distinta tener que soportar las
denominadas “cargas” que conlleva su cuidado a costa
del propio interés. El mantenimiento de esta situación
supone una burda trasgresión de la igualdad en la
participación de los ciudadanos en la vida política (art.
9.2 CE), matemáticamente cuantificable debido al
mecanismo “una persona, un voto”, que constituye el
pilar fundamental en el que se sustenta la conquista
institucional de la libertad, a la que con orgullo
llamamos democracia.
Es
evidente que son los padres los que ocupan la mejor
posición como fiduciarios de los intereses de sus
hijos, como reconoce una consolidada doctrina
iusprivatista sobre la capacidad jurídica y de obrar.
Consecuentemente, ellos deberían manejar en exclusiva
la fuerza representativa que añade la infancia, otorgándoles
un número de votos correspondiente a los hijos menores
de edad que tengan, para que sus intereses estén
justamente presentes en la vida política. Los niños y
niñas, como ciudadanos que son, no pueden ser políticamente
invisibles a la hora de decidir, si no lo son al
incluirlos en el conjunto de la población que decide
según la (hipotética) regla de la mayoría, y porque
su protección y reconocimiento político consiguiente
está prevista en el art. 39 de nuestra venerada
Constitución.
No
se ignora la complejidad que supondría introducir este
cambio en el sistema electoral, pero la coherencia con
los principios que dirigen nuestra vida en común parece
que lo exige, si no queremos vivir di-vertidos en una
doble moral. En primer lugar se puede mencionar el
problema de la verificación de la paternidad o de la
guarda legal, cuya solución no sería difícil debido a
la exigencia de inscripción del menor e identificación
de sus padres o tutores en el registro civil. La división
de los votos extra entre padre y madre, en el caso de número
de hijos impar, se podría solucionar con el recurso de
contabilizar votos-mitad, como propone Bennett. La emisión
de los votos o votos-mitad fiduciarios de padres
separados o divorciados, cuyos hijos vivan en otro
distrito electoral, podría producir asimetrías en la
fuerza representativa del voto que bien pueden resolver
los expertos comentaristas de nuestra Constitución
proponiendo un ajuste conveniente del sistema electoral
general; o el supuesto de ciudadanos menores, hijos de
padres sin derecho de sufragio, etc. Estos y otros
problemas no son triviales, pero tampoco parecen un obstáculo
insalvable como para que quienes pretenden nuestra
confianza política renuncien a afrontarlos
decididamente en favor de la imagen y el rendimiento de
un régimen que repetidamente en sus discursos
consideran maduro.
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