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Trámites más usuales a realizar con el Ayuntamiento
de Albacete a la hora de comenzar una actividad

A continuación se muestra en un cuadro resumido los trámites necesarios a desarrollar por el Ayuntamiento de Albacete para el inicio de actividades en la capital y sus pedanías.

TRÁMITE DETALLE TASAS
IMPUESTOS
Licencia de obra Reforma o adecuación local adscrito a la Actividad, incluido escaparates IMPUESTO
4% presupuesto obra
(suelo urbano)
3,72% presupuesto
obra (pedanías)
Licencia de instalación de rótulos Autorización para instalar rótulos en fachada TASA
43,43 euros
(suelo urbano y pedanías)
Deberá hacerse efectiva
al presentar la solicitud
de Licencia
Licencia Obra y Actividad sujeta al Reglamento Policía Espectáculos y A.R. Locales destinados a Pub, Café-Bar, Restaurantes, Gimnasios, Salas de Culto y Reunión... IMPUESTO
Se grava como Obra
de Nueva Planta
Consulta Urbanística Determinaciones Urbanísticas y de uso del suelo según Plan General de Ordenación Urbana (urbano, industrial, agrícola, etc..) TASA
43,43 euros
(suelo Urbano)
Deberá hacerse efectiva
al presentar la solicitud
de Consulta
Licencia Apertura Actividad inocua Autorizar el establecimiento y ejercicio de actividades comerciales, industriales y profesionales, no clasificadas por el RAMINP (* y) RGPEAP (**) TASA
157,45 euros
Cuota Única
Deberá hacerse efectiva
al presentar la solicitud
de Licencia
Licencia Actividad Clasificada Autorizar el establecimiento y ejercicio de actividades comerciales, industriales y profesionales, no clasificadas por el RAMINP (*) Variable según
la superficie del local(***)
Deberá hacerse efectiva
al presentar la solicitud
de Licencia
Licencia Apertura Actividades sometidas al RGPEAP (**) Autorizar la apertura al público de locales o recintos y la entrada en funcionamiento de las instalaciones destinadas a espectáculos o actividades recreativas.
Con esta licencia se comprueba que la construcción o reforma y las instalaciones se ajustan íntegramente a las previsiones del proyecto previamente aprobado a través de la Licencia de Obras y Actividad sujeta al RGPEAP (**)
TASA
Variable según la superficie del local (***)
Deberá hacerse efectiva
en al presentar la
solicitud de Licencia
Cambio Titularidad Licencia Apertura Procederá cuando se trate de locales con licencia en vigor y no se haya producido ningún tipo de modificación en las instalaciones, ni en la actividad a desarrollar No se cobran tasas

* RAMINP (Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas)
** RGPEAP
(Reglamento General de Policía de Espectáculos y Administraciones Públicas)

*** TASAS APLICABLES A LICENCIAS DE ACTIVIDAD CLASIFICADA Y A LICENCIAS DE APERTURA DE ACTIVIDADES SOMETIDAS AL RPEYAR:
Superficie del local Tasa
Hasta 50 m2 216,44 euros
De 50 a 100 m2 394,70 euros
De 100 a 500 m2 572,26 euros
De 500 a 1.500 m2 1.225,86 euros
De 1.500 a 5.000 m2 1.621,34 euros
De más de 5.000 m2 2.412,17 euros

Para una información más pormenorizada de las gestiones a realizar con
el Ayuntamiento de Albacete, solicite cita previa en las oficinas de la
VENTANILLA ÚNICA EMPRESARIAL DE ALBACETE
967 550 790

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